SEGURO  DE EMBARCACIONES DE RECREO

Gestione  su seguro con ELCANO

SEGURO  OBLIGATORIO

A  partir del 1 de Julio de 1.999 entró en vigor el Reglamento  del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria  para embarcaciones de recreo o deportivas (RD 607/1.999, de 16 de Abril).

El  seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil en que pueden incurrir  tanto el naviero y el propietario, como aquellos otros que, debidamente  autorizados, patroneen la embarcación o secunden en su gobierno.

¿QUÉ  EMBARCACIONES ESTÁN OBLIGADAS?

La  no contratación del seguro constituye infracción grave.

¿QUÉ  CUBRE ESTE SEGURO?

¿QUÉ  LÍMITES ESTABLECE?

Daños  a personas
Máximo / víctima : 120.202,42 €;
Máximo / siniestro: 240.404, 84 €;

Daños  materiales
Máximo / siniestro : 96.161,94 €;

SEGURO  VOLUNTARIO

COBERTURAS  ESPAÑOLAS:

Pérdidas o daños materiales directos a la embarcación  por:

COBERTURAS  INGLESAS

RIESGOS  CUBIERTOS
I. YACHT CLAUSES 1-11-85
II. POLLUTION HAZARD CLAUSES.

Pérdidas  por daños causados por:

Si  esta usted interesado y desea recibir mas información puede telefonear  al 91 448 50 40 donde le atenderemos personalmente.

 

Estudios-Nauticos